“Soy turista y estoy en cuarentena, ¿cómo prorrogo mi visa?”, respondemos tus preguntas de inmigración

El coronavirus ha obligado a muchos turistas a entrar en cuarentena. Te explicamos qué hacer si necesitas gestionar una ampliación de estadía y evitar la acumulación de tiempo de permanencia ilegal en Estados Unidos.


El coronavirus también impacta a los turistas que visitan Estados Unidos y se han quedado varados porque están en cuarentena. Uno de ellos escribió a la redacción de Univision Noticias preguntando qué hacer para prorrogar la visa y no perder su estatus de permanencia legal.

Turista en cuarentena

La usuaria identificada con el nombre de Eli envió el siguiente mensaje a nuestra redacción por medio de una de nuestras redes sociales: “Estoy en cuarentena. Por favor, han olvidado hablar del tema de quienes estamos en cuarentena con una visa de turismo B1-B2, y las fronteras de nuestros países están cerdadas”.
“Inmigración (la Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración -USCIS-) no está atendiendo al público y no sabemos qué hacer para no propagar la enfermedad a nuestros países, ni tampoco quedar en este país como ilegales” (indocumentados).
Hablamos con abogados y estas son sus respuestas y consejos.

Conserve la calma

“Lo primero, conserve la calma y cuide su salud”, dice Alex Gálvez, un abogado de inmigración que ejerce en Los Ángeles, California.
En cuanto a qué hacer para evitar perder el estatus de permanencia legal con una visa de no inmigrante tipo B1-B2, Gálvez dijo que “la persona puede llenar un formulario I-539 y enviarlo por correo certificado al servicio de inmigración”.
“Es importante que lo envíe por correo certificado para que le quede una constancia de que lo envió, y registre la fecha en que hizo el trámite. Debe hacerlo antes del vencimiento del plazo otorgado por el agente de inmigración cuando entró al país. Ese dato se encuentra en el Formulario I-94”, precisó.
Gálvez también dijo que debido a la situación de emergencia que se encuentra el país a causa del coronavirus, la USCIS canceló la atención de público y sólo está procesando trámites que se hacen por correo o vía internet.
“En el caso de los turistas, las prórrogas de estadía no se hacen vía digital, por eso deben llenar el formulario I-539 enviarlo por correo certificado” (a través del Correo de Estados Unidos -US Postal Service-), apuntó.
Respecto a la acumulación de tiempo de estadía ilegal o indocumentada, Gálvez dijo que las personas no deben preocuparse “porque estamos viviendo una situación de emergencia mundial extraordinaria”, y que en el curso de los próximos días el gobierno irá respondiendo las dudas, como en este caso.
“Pero por ahora las personas deben saber que, si se expira el tiempo de permanencia indicado en el formulario I-94, la acumulación de tiempo ilegal comienza a castigarse 180 días después de la expiración del permiso”, dijo Gálvez. Pero reiteró que debe llegar el formulario I-539 para gestionar una ampliación del plazo de estadía.